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miércoles, 5 de agosto de 2015

Principios Filosóficos – Políticos del Sistema Soviético de Derecho

El derecho constitucional soviético se basa en principios auténticamente democráticos, a los que conciernen, ente otros, los siguientes: 1) La soberanía o poder supremo del pueblo, es decir, el poder absoluto de los trabajadores de la ciudad y del campo; 2) La libre autodeterminación de los pueblos que habitan el territorio de la URSS, y su igualdad de derechos en todas las esferas de la vida económica, estatal, cultural y político-social; 3) El carácter electivo de todos los órganos de Poder de arriba-abajo, sobre la base del sufragio universal, igual, directo y secreto; 4) La responsabilidad, la rendición de cuentas y la dependencia de todas las personas electas respecto de sus electores; 5) La organización del Estado soviético, y en particular, de sus órganos sobre la base del centralismo democrático, que, de una parte, presupone la centralización de la dirección del Estado, la obligatoriedad de las directivas de los órganos superiores para los inferiores, la responsabilidad de los órganos inferiores ante los superiores y, de otra, el amplio desarrollo de la iniciativa local; 6) La dirección colectiva, como principio supremo de la labor de los órganos estatales soviéticos.” A. Denisov y M. Kirichenko. Derecho Constitucional Soviético
El trabajo realizado por el Dr. Miguel Villoro Toranzo, tocante a los principios del derecho constitucional en lo que en su tiempo se denominó URSS, y que fue la representante conspicua del “socialismo real”, es a todas luces interesante, no solo por su contenido jurídico sino por las implicancias político ideológicas a la hora de formular la valoración del sistema legal socialista que se construyó en la Rusia socialista.
Lo que resalta del estudio realizado por el Dr. Villoro Toranzo, es que el sistema legal que desde los inicios de la Revolución de Octubre se erigió es en base a los principios del marxismo aplicado a condiciones rusas por Lenin, o denominado Marxismo Leninismo, es importante resaltar esto pues el estudio realizado menciona en muchas oportunidades este tema y lo pone de relieve como principal promotor del “idealismo” en el sistema soviético legal.
La legalidad socialista construida en la Rusia socialista tiene como pilar el tema de la democracia, asunto este que dista de ser igualmente entendido, según el autor, en occidente. Claro, quienes hemos estudiado el marxismo sabemos de sobra la definición de democracia burguesa y de las instituciones burguesas que sustentan su dominio de clase. Sin embargo, el autor, con intensión soterrada pretende establecer la superioridad de la democracia occidental (burguesa) en relación a la democracia socialista (proletaria).
Debemos, en esta parte del comentario, establecer la diferenciación de la democracia que el marxismo defiende y pregona, una democracia con un rosto dictatorial de clase para los enemigos que anhelan acabar con ella y de participación de las amplias masas populares, democracia vigilada por la organización política que responde a los intereses reales de la clase de vanguardia, el partido.
Este tipo de democracia es diferente a lo que en occidente se entiende por institucionalización democrática, pero, visto en el desarrollo histórico, padeció de fuertes dificultades y que para su porvenir no se deben repetir; consideramos por eso que una democracia socialista debe mantener su primer rostro de coerción ante los enemigos, dejando la participación democrática, no a las masas populares, que poco provecho harían de ella, sino a la organización política que representa sus reales intereses. He aquí como enmendamos la democracia socialista establecida en la otrora Rusia socialista; y esta enmienda es posible a la luz del marxismo nietzscheano, del cual postulamos como base ideológica de nuestro comportamiento político.
Lo que también sorprende y parece que asusta al Dr. Villoro Toranzo es que las funciones del Partido Comunista no estaba claramente establecida en la Constitución de la URSS de 1918, 1924 ni en la de 1936, y yo pregunto ¿por qué debería estar establecido en el texto constitucional la función del Partido Comunista? Acaso no queda claro tácitamente que las funciones establecidas para el Estado Soviético eran de incumbencia del Partido comunista que guiaba su destino. Particularmente creo que la peste que padece la intelectualidad burguesa es que no puede pensar un mundo diferente a este, considera que este orden de cosas establecido es todo lo que la humanidad puede construir, y contundentemente creo que otro mundo con otros sistemas legales, económicos, sociales, etc., son posibles y de urgente construcción. La intelectualidad burguesa posee una visión tubular, muy conveniente para su defensa de clase.
La gesta de la Revolución de Octubre en 1917, que comenzó la construcción del socialismo en la URSS, tuvo problemas para fundar un corpus legal opuesto al establecido en el periodo zarista; seria mezquino decir que no sabían los socialistas conjuntamente con Lenin, como crear una legislación socialista. Los comunistas soviéticos construyeron por vez primera una sociedad socialista, con todos sus errores. Y tuvieron que hacerlo sin tener ningún precedente que sirviera de guía, ni Karl Marx ni Engels establecieron códigos civiles y penales ni constitucionales que regirían una futura sociedad socialista, los rusos tuvieron que hacerlo solos, cometiendo errores como es de prever. Lo importante es que se debe aprender del pasado para no repetir los mismos errores. Felizmente los comunistas rusos tenían entre sus filas a Lenin, quien con su genialidad supo trascender a su época y guiar los primeros pasos de la bisoña Rusia socialista.
Una cosa que también resalta el Dr. Villoro es que el fundamento del constitucionalismo socialista soviético fue el marxismo leninismo, el cual sobrepone la colectividad a lo individual, a la sociedad frente a la persona. Estando el interés colectivo por encima del derecho personal. Ese, a mi modestísimo modo de ver el asunto, es un craso error del marxismo leninismo, pretender la igualdad. Considero que una enmendadura cierta sería una igualdad en la defensa de la desigualdad, así nos distanciaríamos del espíritu “judaizante” que mucho daño hizo a la interpretación del ideal marxista.
Pero, ¿cómo se debería construir el constitucionalismo en un futuro socialista? La respuesta no es fácil, abordarla sin tener el cuidado debido es pura grosera palabrería. El derecho es una representación de la superestructura social, sin olvidar las peculiaridades inherentes al momento histórico en el que toque construirla.
Un constitucionalismo que se cimente en los derechos humanos individuales, denota por doquier su podredumbre rastrero burgués. Nosotros abogamos por los derechos humanos de la colectividad, con claro respeto a la desigualdad, pues sino castraría la voluntad de poderío. Una norma madre que brinde las líneas maestras del derecho, teniendo claro el horizonte de un Estado radicalmente opuesto al vigente, con voluntad de hierro y estructurado de tal forma que sea capaz de constituirse en la conciencia colectiva y sujeta a la organización política de vanguardia; una estructuración social que no permita el parlamentarismo estéril y las decisiones ejecutivas condicionadas, sino que el monopartidismo nos permita como sociedad tener una sola meta e ir hacia delante. Una constitución que viabilice erigir una sociedad con una maquinaria estatal fuerte para el periodo de transición de una formación económica social a otra. Los esfuerzos en esa mira costara mucho sacrificio y audacia, un Estado débil y con un parlamentarismo disociador, no pueden existir. Para que la tesis marxista de la extinción del Estado sea en su oportunidad histórica una realidad, deberá primero tener que ser un Estado suficientemente robusto para afrontar las medidas necesarias para tal fin.
Era necesario, extenderme sobre este punto en particular, pues en más de una oportunidad, he expresado mi animadversión por la democracia burguesa representativa, por ser un escenario político rastrero y hediondo. Nuestra democracia es superior y genuina. La democracia no es que todos participen, eso es estúpido, democracia es que participen los llamados a participar para hacer más llevadera la vida de los ciudadanos. Si todos piensan en la democracia y desean participar en ella, entonces no es democracia, es pandemonio. El marxismo nietzscheano es contrario al pandemonio.
El derecho, como ciencia, dentro de lo social, que valora la vida por encima de la construcción de la sociedad superior, no es generadora de orden, ni vía para hallar justicia, mucho menos defiende los reales intereses de la población. Un derecho así, es fiel representante de la decadencia de la clase social que detenta el dominio de clase en la actualidad.

Una cuestión aparte, pero necesario recordar, el pretender utilizar criterios democráticos occidentales al final termino por desintegrar a la URSS, no digo que eso fuera el principal problema, pero si fue el motivo perfecto para justificar destruir el socialismo en Rusia. Nosotros, esperamos no cometer el error democratizante de los comunistas rusos.

Charliejohn

27-07-2015

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